Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta de Vecinos El Rosal e Ivette, Inc., la señora Lorena Montero de los Santos (en su calidad de presidenta de esa organización vecinal), y los señores Carlos Alberto Valera Abreu, Juaquin Manuel Mejía Tejeda, Henrry Otoniel Tejeda de la Cruz, Carmen Faniith, S., Rosa Amalia Dreyfous E., Bienvenido Williams de la Cruz, Ana Mercedes González Saviñón, Ania Yvelisse Camacho De Franco, Manuel Milcíades Franco Cruz, Doris Cruz Delgado, Yulissa Loraine Feliz Mejía y Julio Ángel Collado, contra la Sentencia núm. 0030-03-2022-SSEN00059, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiocho (28) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0071/13; TC/0406/14). Juez de amparo: incurrió en un error in judicando al decretar la inadmisibilidad del amparo originario por la existencia de una vía más eficaz (art. 70.1 LOTCPC). Derecho a elegir y ser elegibles: fundamento (art. 22.1 Constitución). Derecho a elegir y ser elegibles: alcance (TC/0307/17; TC/0226/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: notoriamente improcedencia (art. 70.3 LOTCPC). Acción de amparo: el conflicto de la especie no entraña conculcación alguna de derechos fundamentales (art. 70.3 LOTCPC). Acción de amparo: inadmisible por notoriamente improcedente.