Relativo a la solicitud de liquidación de astreinte impuesta por el Tribunal Constitucional a través de la Sentencia TC/0022/18, interpuesta por la señora Ramona Española Peña de Álvarez contra la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP)
Solicitud de liquidación de astreinte. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 93 LOTCPC). Solicitud de liquidación de astreinte: procede conocerla al juez que la impuso (TC/0438/17). Solicitud de liquidación de astreinte: en este caso fue fijada por el Tribunal Constitucional (TC/0022/18). Astreinte: naturaleza y finalidad (TC/0438/17). Precedentes constitucionales: carácter vinculante (art. 184 Constitución). Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano: no han probado que ejecutaron la astreinte. Tribunal Constitucional: ordena la ejecución de la astreinte. Solicitud de liquidación de astreinte: acoge, establece y ordena.