Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Andrés Manuel Carrasco Justo contra la Sentencia núm. 0519/2020 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de julio del dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0409/24). Suprema Corte de Justicia: pronunció la casación por vía de supresión y sin envío, lo que le impedía referirse a otras cuestiones invocadas en el recurso (art. 20 Ley 3726). Decisión sobre incidente de embargo inmobiliario: no era recurrible en apelación (art. 148 Ley 6186). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: suplió de oficio un medio de casación que es de orden público. Tribunal Constitucional: prohibición de examinar las pruebas y los hechos (art. 53.3.c LOTCPC). Poder de apreciación de las pruebas: límites a su ejercicio judicial (TC/0058/22). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.