Detalle sentencia TC/0589/24

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Publicación: Miércoles 30 de Octubre , 2024 / 05:14 P. M.

Referencia: TC-07-2024-0058

Relativo a la demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia incoada por la razón social Corandom Investiments S.R.L., y las señoras Fátima Karan de Sosa e Ivonna Margarita Dájer Piñeyro, respecto de la Sentencia núm. 001- 022-2020-SSEN-00567, dictada el siete (7) de agosto de dos mil veinte (2020) por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (2020).

Sumario

Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: medida de carácter excepcional (TC/0046/13). Daño irreparable: demostrar la posibilidad de sufrirlo es indispensable para el acogimiento de una solicitud de suspensión (TC/0199/15). Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: criterios de procedencia (TC/0250/13). Daño irreparable: no se demuestra. Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: la sentencia ordena la devolución de dinero. Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: no satisfacción de los criterios de procedencia. Demanda en solicitud de suspensión ejecución de sentencia: rechaza.

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30/10/2024
tc-0589-24-tc-07-2024-0058docx.pdf
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