Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Darmis Santana Peña contra la Sentencia núm. 0030-04-2024-SSEN00342 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de abril de dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Tribunal Superior Administrativo: sus sentencias en atribuciones ordinarias son susceptibles de ser recurridas mediante el recurso de casación (art. 60 Ley 1494). Recurso de casación: materia contencioso-administrativa (art. 1 Ley 2-23). Carácter de la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: se adquiere cuando han sido agotadas todas las vías recursivas ordinarias o extraordinarias existentes dentro del ordenamiento procesal ordinario (TC/0053/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: exige el agotamiento de los recursos ordinarios en la materia de que se trate (art. 53.3.b LOTCPC; TC/0105/18). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito no satisfecho debido a que aún se encuentra disponible el recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.