Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Estanislao Beltrán de los Santos y José María Muñoz de la Cruz, en contra de la Sentencia Civil núm. 425-2022- SAMP-00001, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata, el veintiséis (26) de julio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0007/12). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Declarada inconstitucionalidad: resolución (TC/0286/21). Nulidad por inconstitucionalidad: opera para el caso concreto, efectos diferidos. Tribunal Constitucional: sus decisiones constituyen precedente vinculante. Órganos jurisdiccionales y las unidades administrativas del poder judicial: pueden utilizar plataformas digitales, como una herramienta alternativa en la administración de justicia. Derecho de defensa: pilares fundamentales del debido proceso. Derecho al debido proceso: garantías y configuración (TC/0427/15). Celebración de audiencia: fundamento legal (art. 81 LOTCPC). Derecho de defensa: se configura su vulneración. Principio de oficiosidad: aplicación, apreciación y fundamento legal. Principio de oficiosidad: se configura su vulneración. Derecho a ser oído: se configura su vulneración. Tutela judicial efectiva y debido proceso: se configura su vulneración. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge, anula y remite el expediente.