Detalle sentencia TC/0495/23

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Publicación: Martes 08 de Agosto , 2023 / 06:18 P. M.

Referencia: TC-05-2022-0143

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-000374, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de junio de dos mil veintiuno (2021).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12). Acción de amparo: no es la vía idónea para tutelar los derechos de policías y militares desvinculados (TC/0235/21). Acción de amparo: precedente solo aplicable a las interpuestas luego de su publicación (TC/0235/21). Cambio de precedente: no aplica en la especie. Director de la policía nacional: le corresponde ordenar la desvinculación de los miembros básicos de la policía (art. 28.19 Ley 590-16). Miembros de nivel básico: personal incluido (art. 75 ley 590-16). Juez de amparo: incorrecta valoración de los hechos. Juez de amparo: afirma erróneamente que la desvinculación no fue ordenada por la autoridad competente (art. 28.19 Ley 590-16). Revision constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para conocer la acción (TC/0071/13). Policía nacional: correcta investigación (art. 163 y siguientes Ley 590-16). Derecho de defensa: no fue vulnerado pues el recurrido estuvo representado y pudo participar en todas las etapas del proceso. Derecho al debido proceso: garantías (TC/0427/15). Derecho al debido proceso: no vulneración. Acción de amparo: rechaza. Voto particular: Vásquez Samuel, Santana de Cabrera, Díaz Filpo y Gil.

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08/08/2023
tc-0495-23-tc-05-2022-0143.pdf
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