Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Ramón Novas Novas contra la Sentencia núm. 0030-03-2023-SSEN-00452, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinte (20) de octubre del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0007/12). Principio de igualdad: fundamento constitucional (art. 39 Constitución). Liquidación de astreintes: fue recurrida en revisión administrativa. Cosa irrevocablemente juzgada: no se configura. Sentencias condenatorias en perjuicio del Estado: serán incluida en el presupuesto nacional, esta debe haber adquirido la calidad de cosa juzgada (art. 3 Ley de Fondos Públicos; TC/0361/15). Sobreseimiento en materia de amparo: fundamento legal (art. 71 LOTCPC). Sobreseimiento: no es una facultad del juez de amparo (TC/0123/16). Juez de amparo: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.