Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por las sociedades Bravo, S.A. y Operadora Centros del Caribe, S.A.S, contra el numeral V de la Ordenanza núm. 04-11, dictada por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este el cuatro (4) de marzo del dos mil once (2011); y ii) la Resolución núm. 61-08, dictada por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil ocho (2008).