Detalle sentencia TC/0477/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:02 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2020-0003

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Cirilo Dipré Figuereo contra la Sentencia núm. 1591-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el nueve (9) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: La presentación ante el tribunal constitucional de recursos que tienen por objeto asuntos incidentales que no ponen fin al procedimiento y que, por ende, ordenan la continuación del juicio, en la medida en que no resuelven el fondo del asunto, son ajenos al propósito fundamental del recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional (TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: Condición: No son pasibles de revisión constitucional aquellos fallos emitidos sobre asuntos incidentales «que no ponen fin al procedimiento y que, por ende, ordenan la continuación del juicio, en la medida en que no resuelven el fondo del asunto (TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: (...) el Poder Judicial no se ha desapoderado del fondo del conflicto en cuestión, caso en el cual este tribunal ha sostenido que el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional es inadmisible (TC/00130/13; TC/0727/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC).

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23/03/2021
tc-0477-20-tc-04-2020-0003.pdf
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