Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Ramón Emilio Fernández Cabrera contra la Sentencia núm. 0269-22- 00017, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Puerto Plata el veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución, arts., 9 y 94 LOTCPC) Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 100 LOTCPC; TC/0080/12). Acción de amparo: imposibilidad de declarar la inadmisibilidad de acción sobre la base de más de una causal. Principio de congruencia procesal: se configura violación (TC/0024/14; TC/0618/16; TC/0150/19). Acción de amparo: Notoriamente improcedente: asuntos cuya solución corresponde a la jurisdicción ordinaria (TC/0017/13, TC/0187/13). Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrada Beard Marcos.