Detalle sentencia TC/0404/14

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2014 / 08:38 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2012-0087

Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Valerio García Castillo contra la Sentencia núm. 297, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el dieciséis (16) de mayo de dos mil doce (2012).

Sumario

Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: competencia (Artículo 185.4 y 277 Constitución, Artículo 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Admisibilidad (Sentencia TC/0038/2012). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: procede por tratarse de una sentencia que ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Artículo 53 LOTCPC). Derecho de defensa. Derecho de propiedad. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: se agotaron todos los recursos disponibles dentro de la vía jurisdiccional.  Recurso de casación. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Admisibilidad. Especial trascendencia o relevancia constitucional: TC/0007/12. (Artículo 100 LOTCPC). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Derecho de defensa: notificación. Derecho de defensa: falta de notificación para audiencia. Derecho de propiedad: violación. Derecho de propiedad: no estuvo presente en la audiencia de fondo. Derecho de propiedad: Tribunal de Jurisdicción Original. Notificación: no existe constancia de citación a audiencia. Derecho de defensa: violación al no estar presente en la audiencia que decidió sobre la nulidad del deslinde (Artículo 69.4 LOTCPC). Derecho de propiedad: violación al no estar presente en la audiencia que decidió sobre la nulidad del deslinde que resultó en la desaparición de su derecho de propiedad. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: derecho de defensa. Plazo razonable. (Artículo 8.1 LOTCPC). Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente (Artículo 14.1 LOTCPC). Derecho de defensa: contenido (TC/0006/14) Derecho de defensa: La presencia de las partes en un proceso se garantiza de manera principal. Notificación: importancia. Notificación: Ausencia de notificación constituye una irregularidad procesal (TC/0042/13). Derecho de defensa: violación. Admite, Acoge y Anula.  Votos particulares de los Magistrados Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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