Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Milcíades Lorenzo Cristerio contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-0494, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18). Suprema Corte de Justicia: no usa un lenguaje inadecuado en la redacción de la sentencia que afecte los derechos fundamentales del recurrente, en particular, la dignidad humana (art. 38 Constitución). Recurso de casación: la no asistencia de la parte recurrida en casación a la audiencia no genera ningún perjuicio, pues previamente cumplió con depositar y notificar su escrito de defensa. Derechos fundamentales: no se configura vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Reyes Torres.