Detalle sentencia TC/0367/25

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Publicación: Viernes 13 de Junio , 2025 / 03:44 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0026

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ramón María Reyes Severino, Ramona Reyes Severino, Vicente Reyes Reyes, Julio Andrés Reyes Reyes, Federico Reyes Reyes, Juan Reyes Reyes, María Dolores Reyes y Julio Reyes Severino, contra la Sentencia núm. 882/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de agosto del año dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfacción de todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0543/15; TC/0123/18; TC/0109/24). Recurso de casación: si es inadmitido no corresponde pronunciarse sobre el fondo (TC/0194/17). Inadmisibilidad del recurso de casación por la indivisibilidad del objeto litigioso: fin constitucionalmente legítimo (TC/0571/18). Indivisibilidad del objeto litigioso: obliga a emplazar a todos los recurridos, de no hacerse se justifica la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de casación (TC/0064/22). Cumplimiento de las reglas procesales: se procura la protección del orden público (TC/0399/21). Derecho de defensa: fue garantizado en favor de los no emplazados (art. 69 Constitución). Debido proceso: configuración (TC/0331/14). Tribunal Constitucional: no le corresponde estatuir sobre una irregularidad procesal atribuida al tribunal de primer grado. Derechos al debido proceso y de defensa: no vulneración (art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.

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13/06/2025
tc-0367-25-tc-04-2024-0026.pdf
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