Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Alejandro Paulino Vallejo contra la Sentencia núm. 0030-03-2022-SSEN-00454 dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de octubre del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Juez de amparo: le correspondía realizar la instrucción debida del proceso previo a conocer los medios de inadmisión (art. 70 LOTCPC). Reconsideración del criterio: asumido de la Sentencia TC/0188/18. Derecho a la información: permite a los ciudadanos controlar y fiscalizar el comportamiento de los poderes públicos (art. 49.1 Constitución; TC/0042/12; TC/0341/15). Derecho a la información: no configura su vulneración cuando la respuesta no era la esperada porque la información no está en poder del órgano o ente estatal (TC/0188/18). Precedente: se constituye en obligatorio por la fuerza vinculante que supone su doctrina (TC/0157/17). Precedente: asegura que el derecho no cambiará de manera errática. Distinguishing: los precedentes pueden ser inaplicados si existen causas para su revocación o abandono. Distinguishing: aplicación (art. 31 LOTCPC; TC/0188/18). Información solicitada: no existe en los archivos del Estado o consta en su poder, constituye una imposibilidad material que no equivale a violación del derecho al libre acceso a la información pública. Derecho al libre acceso a la información pública: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Ferreira y Beard Marcos.