recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoada por la Junta Central Electoral contra la Sentencia núm. 145/2013, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana el veintiuno (21) de febrero de dos mil trece (2013).
Revisión constitucional de sentencias de amparo. Acción de amparo: competencia de la jurisdicción contencioso administrativa cuando se trata de un órgano administrativo (Artículo 75 LOTCPC). Juzgado de Primera Instancia: debió conocer la acción como jurisdicción contenciosa administrativa y no como jurisdicción civil. Derecho a un juez competente: contenido. Principio de imparcialidad. Revisión constitucional de sentencias de amparo: revocación de la sentencia por haber sido dictada en atribuciones distintas. Tribunal Constitucional: competente para conocer la acción de amparo (TC/0168/13). Sentencia TC/0168/13: Aplicabilidad. Actas de nacimiento (declaraciones): en caso de irregularidad debían someterse a un tribunal competente para determinar su validez o nulidad (TC/0168/13). Ley 169-14: contenido y finalidad. Ley 169-14: categorías. Ley 169-14: regularización y/o transferencia las actas de las personas en la categoría primera (Artículo 2, literal a Ley 169-14). Estado dominicano: reconocimiento de los actos de la vida civil. Revoca y acoge. Votos salvados de las Magistradas Bonilla Hernández y Jiménez Martínez.