Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Florito Núñez contra la Sentencia núm. 3033-2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de octubre del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 69 Constitución). Derecho de defensa: criterio (TC/0404/14). Derecho de defensa: alcance (TC/0034/13). Recurrente: ejerció, su derecho a defenderse, compareció a audiencia y fue asistido por abogados de su elección. Derecho de defensa: no vulneración. Debida motivación: garantía del derecho fundamental a un debido proceso y de la tutela judicial efectiva (TC/0017/13). Test de la debida motivación: criterios de aplicación y parámetros (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: decisión con una motivación adecuada y lógica, conforme a métodos correctos y racionales de interpretación y aplicación de los principios y reglas de derecho aplicables al caso. Suprema Corte de Justicia: respondió todos los medios propuestos por los recurrentes. Test de la debida motivación: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.