Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Libertad Pichardo Rosado contra la Sentencia núm. 0577-2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiuno (2021), y la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia respecto de la mencionada sentencia (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18). Suprema Corte de Justicia: no le es imputable ninguna vulneración del derecho de propiedad (TC/0378/15). Derecho de propiedad: no se produce su vulneración, pues la entidad acreedora se limitó a ejecutar la garantía hipotecaria. Notificaciones: ante la ausencia de aviso del cambio de domicilio las mismas fueron realizadas adecuadamente. Derecho de defensa: no vulneración. Derecho a la tutela judicial efectiva: no vulneración (art. 69 Constitución). Derecho al debido proceso: configuración (TC/0233/20). Suprema Corte de Justicia: decidió conforme a la ley. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: inadmite por carecer de objeto.