Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Elsa Valdez Valdez contra la Sentencia núm. 1592/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18). Recurrente: plantea alegatos de mera legalidad que no pueden ser conocidos ni por la Suprema Corte ni por el Tribunal Constitucional. Suprema Corte de Justicia: no vulneración de los derechos de defensa y del debido proceso (arts. 68 y 69 Constitución). Recurso de casación: imposibilidad de presentar medios nuevos que no hayan sido invocados ante el tribunal que emitió la sentencia cuestionada (TC/0638/16). Recurso de casación: imposibilidad de pronunciarse sobre la valoración de las pruebas (TC/0202/14). Derecho de defensa: configuración y circunstancias en que se produciría su vulneración (TC/0375/15; TC/0034/13). Derecho de defensa: no vulneración, pues la Suprema Corte de Justicia actuó conforme a derecho. Tribunal Constitucional: prohibición de examinar los hechos y las pruebas (art. 53.3.c, LOTCPC). Tribunal Constitucional: deber de verificar si el poder judicial interpretó y aplicó correctamente los derechos fundamentales. Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Díaz Inoa y Reyes Torres.