Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por la sociedad comercial Esmiralda, S.R.L. respecto de la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1311, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 277 Constitución; y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión: criterios de procedencia (TC/0125/14). Demanda en solicitud de suspensión: no procede en caso de condena de carácter puramente económico, pues el daño es reparable con la restitución del monto (TC/0040/12). Demanda en solicitud de suspensión: se trata de una decisión que cuya ejecución es de un aspecto puramente económico. Demanda en solicitud de suspensión: rechaza.