Recurso de revisión constitucional en materia de amparo, interpuesto por Bernardino Adames Díaz y Rafaela Argentina Martínez Almánzar, contra la Sentencia núm. 077-2011, dictada el seis (6) del mes de julio de dos mil once (2011) por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Revisión constitucional de sentencias de amparo. Especial trascendencia o relevancia constitucional: supuestos (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencias de amparo: plazo (TC/0080/12). Plazo (Artículo 95 LOTCPC): Hábil y franco (TC/0080/12). Acción de amparo (Artículo 70.1 LOTCPC): obligación del juez de indicar la vía más efectiva a disposición del accionante (TC/0021/12). Acción de amparo: vía idónea. Dignidad humana: violación al degradar a una persona que ostenta un grado superior. Degradación laboral: concepto. Principio de igualdad: no discriminación. Discriminación laboral (Artículo 62.5 de la Constitución): Degradación laboral por opinión filosófica y/o personal. Derecho a la educación: carrera docente (Artículo 63.5 de la Constitución). Carrera docente: degradación laboral. Tutela Judicial Efectiva (Artículo 68 dela Constitución). Debido Proceso (TC/0048/12): Artículo 69 de la Constitución. Carrera docente: faltas cometidas serán establecidas y comprobadas por un Tribunal de Carrera Docente. Debido proceso: vulneración por degradación sin ser oídos, sin juicio oral público y contradictorio, vulnera el derecho. Tutela judicial efectiva: vulneración. Astreinte (TC/0048/12). Astreinte: su liquidación no debería favorecer al agraviado (TC/0048/12). Revoca y acoge. Votos particulares de los Magistrados Piña Medrano, Jueza Primera Sustituta; Acosta de Los Santos y Jiménez Martínez.