Detalle sentencia TC/0214/23

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Publicación: Jueves 04 de Mayo , 2023 / 04:32 P. M.

Referencia: TC-05-2022-0109

Relativo al recurso de revisión de constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados de la Procuraduría General de la República, contra la Sentencia núm. 040-2021-SSEN00205, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12). Otra vía judicial efectiva: fundamento legal (art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: garantía de los derechos fundamentales (art. 72 LOTCPC). Acción de amparo: naturaleza, alcance, procedimiento preferente y sumario (TC/0364/15). Notoriamente improcedente: criterio de procedencia (TC/0297/14; TC/0306/15). Ministerio público: competente para la devolución de objetos secuestrados que no estén sometidos a decomiso (arts. 189 y 190 Ley 76-02). Notoria improcedencia: conceptualización y fundamento constitucional y legal. Notoria improcedencia: cuando la acción se interponga para la protección de derechos que no son fundamentales (TC/0608/18). Principio de autonomía procesal: aplicación (TC/0071/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Solicitud de suspensión: falta de objeto.

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05/05/2023
tc-0214-23-tc-05-2022-0109.pdf
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