Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Antonio José Coste Frías contra la Resolución núm. 1865-2013, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de mayo de dos mil trece (2013); Relativo a demanda en suspensión de sentencia interpuesta por el señor Antonio José Coste Frías contra la Ordenanza núm. 0129/2012, dictada por la Presidencia de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, en atribuciones de Cámara de Consejo, el dieciséis (16) de marzo de dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Fusión de expedientes: noción y finalidad (TC/0094/12). Principio de celeridad: apreciación (art. 7.2 LOTCPC). Principio de efectividad: apreciación (art. 7.4 LOTCPC). Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0061/13, TC/0071/13 y TC/0132/1). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Acción de amparo: diferencias entre el régimen ordinario y de cumplimiento (TC/0205/14; TC/0050/17). Amparo de cumplimiento: matices que le distinguen del amparo ordinario (TC/0029/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14; TC/0124/14 y TC/0255/15). Acción de amparo de cumplimiento: régimen (art. 104 y siguientes LOTCPC). Policía Nacional: adecuación de los salarios que devengan los pensionados (art. 111 y 134 Ley 96-04). Medio de inadmisión: rechazado. Acción de amparo de cumplimiento: procedente, acoge y ordena. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.