Relativo al recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia interpuesto por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (otrora Secretaría de Estado de Medio Ambientes y Recursos Naturales) contra la Sentencia núm. 00314-2008, dictada por la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal el veinticinco (25) de junio de dos mil ocho (2008).
Recurso de casación. Principio de efectividad: permite al Tribunal realizar una tutela judicial diferenciada (art. 7.4 LOTCPC). Principio de oficiosidad: permite al tribunal recalificar el recurso de casación como un recurso de revisión de sentencia de amparo (TC/0015/14; TC/0174/13; TC/0132/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, y 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: carece de objeto jurídico. Falta de objeto e interés jurídico: criterio de admisibilidad. Falta de objeto e interés jurídico: se configura (TC/0006/12; art. 44 Ley 834). Principio de supletoriedad: aplicación. Corte constitucional de Colombia: adopción de criterio. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible. Demanda en suspensión: falta de objeto. Voto particular: Valera Montero.