Detalle sentencia TC/0150/13

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Publicación: Jueves 12 de Septiembre , 2013 / 07:28 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2012-0072

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por los señores Nadim Miguel Bezi Nicasio, Thelma Elba Nicasio Vda. Bezi y Nadime Suzanne Bezi Nicasio, contra el artículo 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales.

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa o calidad: interés legítimo y jurídicamente protegido. Interés legítimo y jurídicamente protegido: al haber interpuesto un recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales. Acción directa en inconstitucionalidad: inadmisibilidad al no especificar de manera concreta y específica los argumentos constitucionales y las violaciones constitucionales. Acción directa en inconstitucionalidad: objeto. Acción directa en inconstitucionalidad: justificación argumentativa de las normas constitucionales que resultan infringidas. Infracción constitucional: contenido. Acción directa de inconstitucional: claridad, certeza, especificidad y pertinencia de la indicación de la infracción constitucional. Principio de Supremacía Constitucional: alcance. Parámetro de Constitucionalidad: Constitución y Bloque de Constitucionalidad. Parámetro de Constitucionalidad: respecto a actos, normas y actuaciones privadas y públicas.  Derecho al recurso: condicionado al poder de configuración del legislador ordinario. Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales: limitación procesal respecto a sentencias dictadas después del 26 de enero de 2010 viene dado por el Constituyente. Revisión Constitucional: la prohibición viene del propio Constituyente. Derecho al Recurso: no violación por límite establecido por el Constituyente. 

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16/01/2018
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