Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Dirección General de la Policía Nacional contra la Sentencia núm. 0030-03-2021- SSEN-00458, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de octubre de dos mil veintiuno (2021). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los diez (10) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12, (TC/0080/12). Acción de amparo: precedente solo aplicable a las interpuestas luego de su publicación (TC/0235/21). Escrito de defensa: plazo (art. 98 LOTCPC; TC/0147/14). Escrito de defensa: extemporáneo. Juez de amparo: obligación de determinar la admisibilidad de la acción (TC/0329/20). Derecho al debido proceso: alcance de sus garantías (TC/0264/20). Juez de amparo: omitió pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción de amparo de cumplimiento. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de oficiosidad: habilita al tribunal para conocer la acción (TC/0071/13). Puesta en mora: requisito no satisfecho (art. 107 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: plazo (TC/0638/18). Acción de amparo de cumplimiento: improcedencia.