Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Isidro Cabral García contra la Resolución núm. 003-2020-SRES00248, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de marzo del dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; arts. 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Debido proceso: fundamento constitucional (art. 69.7 Constitución). Debido proceso: principio jurídico procesal (TC/0331/14). Recurso de casación: perención (art. 10 Ley 3726). Interpretación de las normas legales: función de los jueces del Poder Judicial, en particular, de los miembros de la Suprema Corte de Justicia (TC/0581/18). Plazo de perención: no había transcurrido, por lo que no era aplicable al recurrente la sanción procesal dispuesta por la resolución objeto de revisión (art. 10 Ley 3726). Suprema Corte de Justicia: declaró la perención de manera incorrecta (TC/0010/24). Debido proceso y tutela judicial efectiva: se configura vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.