La Acción Directa en Inconstitucionalidad incoada por la sociedad Inversiones Bretaña, S.A. contra el Párrafo único del artículo 382 del Código de Procedimiento Civil.
Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Artículo 185.1 Constitución; Artículo 36 LOTCPC). Legitimación activa o calidad para accionar: interés legítimo y jurídicamente protegido (Artículo 185.1 Constitución; Artículo 36 LOTCPC). Proceso judicial. Prestación de una fianza (Artículo 382 LOTCPC). Principio de gratuidad de la justicia: debido proceso. Artículos 69.1 y 149 LOTCPC). Principio de gratuidad de la justicia: las garantías económicas no tienen por finalidad la remuneración a los jueces por la prestación de servicios judiciales. Prestación de una fianza: recusación de un juez en la materia civil, transgrede su derecho a un juez imparcial. Derecho fundamental de todo justiciable a una jurisdicción imparcial. (Artículo 69.2 LOTCPC). Bloque de constitucionalidad. Derecho al juez imparcial: doble dimensión. Derecho al juez imparcial: dimensión objetiva y dimensión subjetiva Tribunal Constitucional: garantiza la protección y efectividad del ejercicio de los derechos fundamentales. Recusación judicial: es un medio procesal para resguardar el derecho fundamental al juez imparcial. Fianza: capacidad crediticia o económica del litigante. Prestación de una fianza: norma legal discriminante. Principio de efectividad. (Artículo 7.4 LOTCPC). No conforme con la constitución.