Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa o calidad: condición conferida a toda persona revestida de interés legítimo y jurídicamente protegido (artículo 185.1 de la Constitución y 37 LOTCPC). Naturalización: los extranjeros y las extranjeras tienen derecho a obtener la nacionalidad dominicana por naturalización (Artículo 19 de la Constitución). Naturalización: de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la Ley 1683. Reserva de Ley: el legislador ordinario goza de facultad para determinar las condiciones para adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización. Nacionalidad por naturalización: Requisitos y condiciones (Literal d, Art. 1, Ley 1683). Régimen de extranjería: nacionales y extranjeros tiene los mismos derechos y deberes que los nacionales (Artículo 25 de la Constitución). Derecho de familia: reconocido tanto a nacionales como a extranjeros (Artículo 55 numeral 1 de la Constitución). Derecho de la familia: contenido. Ley 1683: los requisitos exigidos por el literal “d” del artículo 1 de la Ley 1683, sobre Naturalización en nada perjudican a la accionante. Medio de Inconstitucionalidad: denegado.