Detalle sentencia TC/0016/20

Compartir:
Publicación: Jueves 06 de Febrero , 2020 / 01:57 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0046

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el señor Cándido Antonio Martínez Castro contra la Sentencia núm. 227, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de marzo de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4, de la Constitución, y arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada después de la proclamación de la Constitución del veintiséis (26) de enero de dos mil diez (2010). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Requisitos de admisibilidad. Plazos: Franco y calendario. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Falta de motivos de la sentencia. Test de la debida motivación. Requisitos para una debida motivación. (TC/0009/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Sentencia recurrida cumple con los requisitos que establece el test de la debida motivación adoptado por el TC. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Derecho de las pruebas vertidas en el proceso. Derecho de las pruebas vertidas en las que se fundamentó el tribunal de condena. Decisión recurrida cumple plenamente su función de legitimar las actuaciones de los tribunales frente a la sociedad. Procuran que hechos de gran afectación para el interés general como los juzgados por esta decisión sean sancionados. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. La sanción de multa impuesta al momento de dar lectura integra de la sentencia, sin que constara en la parte dispositiva del acta de audiencia del tribunal, vulnera los principios de inmediación, concentración y oralidad del juicio. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Decisión recurrida expreso los motivos por los que la sentencia de la Corte realizó una buena administración de justicia en las dos vertientes planteadas por el recurrente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, rechaza. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, y Castellanos Pizano.

Mostrar PDF en otra pestaña
06/02/2020
tc-0016-20-tc-04-2019-0046.pdf
351.51 KB