Detalle sentencia TC/0013/21

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Publicación: Miércoles 20 de Enero , 2021 / 04:58 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0085

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Dioselina Domínguez Guerrero contra la Sentencia núm. TSE-RR-RA-022-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral, el siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTCPC). Principio de autonomía procesal - habilita al tribunal para decidir la admisibilidad y el fondo mediante una sola sentencia (TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se haya producido una violación de un derecho fundamental. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (TC/0123/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Registro de las actas de nacimiento: no puede ser alterado. Registro de las actas de nacimiento: está formado por folios y en estas siempre se indican el año, mes, día y hora en que se instrumentan. Tribunal superior electoral: correcta aplicación de la norma. Inexistencia de desnaturalización de los hechos: no se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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06/04/2021
tc-0013-21-tc-04-2019-0085-1.pdf
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