Uno de los aspectos de mayor actualidad en lo que respecta a la inclusión de la diáspora en la vida nacional es el voto en el exterior
NUEVA YORK.- Para la magistrada del Tribunal Constitucional (TC) María del Carmen Santana de Cabrera, el voto extraterritorial es una de las acciones claves para alcanzar integración, incluso cuando no se encuentra expresamente consagrado en la Constitución.
La jueza de esta corte hizo este planteamiento durante su conferencia titulada “Diáspora, participación ciudadana y derecho al voto de los dominicanos en el exterior”, en la que se refirió al artículo 18 de la Constitución, que en su párrafo dispone lo siguiente: “Los poderes públicos aplicarán políticas especiales para conservar y fortalecer los vínculos de la nación dominicana con sus nacionales en el exterior, con la meta esencial de lograr mayor integración”.
Durante su disertación, señaló que la participación ciudadana es un factor importante para el funcionamiento de la democracia, porque sirve para legitimar las decisiones estatales por medio de la inclusión de la sociedad civil en las mismas, y , en democracias como la dominicana, el derecho fundamental a la participación política se realiza a través del ejercicio al derecho al sufragio, el cual es una de las principales reivindicaciones de las que los dominicanos residentes en el exterior pueden beneficiarse y ocupa un lugar primordial en la participación ciudadana de la diáspora dominicana, porque le permite involucrarse en las elecciones nacionales.
La magistrada Santana de Cabrera hizo referencia a la sentencia TC/0482/20, que decidió una acción directa de inconstitucionalidad en contra de una norma que obligaba a los dominicanos residentes en el exterior a votar por los diputados de ultramar en un sistema no preferencial; es decir, solo se podía votar por el partido, pero no por el candidato específico de su preferencia, como sucede con los diputados electos en territorio nacional.
Sobre esto, enfatizó que el tribunal fue firme al decir que no podía hacerse una distinción de dos categorías de ciudadanos dominicanos en función de su residencia, y que el solo hecho de ser dominicanos bastaba para proteger su derecho al ejercicio de un voto libre y directo.
Indicó que, en la actualidad, en las votaciones en el exterior aparecen dos boletas: la presidencial y la de diputados de ultramar, lo que le da a la persona el derecho de votar por el partido de su elección, sin importar el nivel en que estén colocados los diputados a ser electos de su mismo partido, ya que al final gana quien más voto obtenga.
Estadísticas
La magistrada María del Carmen Santana de Cabrera mencionó que el primer año que se tenía posibilidad de votar en el exterior, se registraron alrededor de 52 500 dominicanos y votaron unos 34 000, equivalente a 64 % de los registrados, un porcentaje que ha ido reduciéndose. El año electoral más reciente, 2020, de aproximadamente 595 000 dominicanos registrados en el exterior, solo votaron unos 130 000, lo que representa 22 % de los registrados, un porcentaje mínimo histórico.
Para que esas cifras mejoren, y para así poder seguir fortaleciendo nuestra democracia, María del Carmen Santana exhortó a la diáspora dominicana a registrarse y votar en las distintas elecciones de ultramar.
Esta ponencia formó parte el ciclo de conferencias “Constitución y diáspora dominicana: avances y retos”, que se llevó a cabo en la Universidad de Columbia en Nueva York.