Detalle sentencia TC/0668/18

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Publicación: Lunes 10 de Diciembre , 2018 / 02:26 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2017-0085

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Bernarda Aracena López de Almonte contra la Sentencia núm. 001.2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral el once (11) de enero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional. (art. 100 LOTCPC). Noción configurada (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: (art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: franco y hábil (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Amparo electoral. Revisión constitucional de sentencia de amparo: transgresión del derecho al sufragio pasivo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Designación de sustitos de ediles ausentes: interpretación errónea. Revisión constitucional de sentencia de amparo: desnaturalización del derecho fundamental. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Errónea interpretación del artículo 36 de la Ley núm. 176-07. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Errónea apreciación al considerar que el derecho en tensión es el derecho al sufragio pasivo cuando en realidad se trataba del derecho de acceso a la función pública. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite, acoge y revoca. Amparo electoral: Rechaza. Revisión constitucional de sentencia de amparo:  reconocimiento de regidora sustituta provisional de la curul edilicia. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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28/02/2019
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