Detalle sentencia TC/0554/19

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Publicación: Miércoles 11 de Diciembre , 2019 / 09:24 A. M.

Referencia: a) Expediente núm. TC-01-2013-0079 y b) Expediente núm. TC-01-2014-0007

Relativa a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Asociación Dominicana de Distritos Municipales (ADODIN), el veintidós (22) de noviembre de dos mil trece (2013), contra el literal b del artículo 44 de la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los municipios; y relativa a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Alfredo Carrasco y Pascual Pérez Benítez, el cuatro (4) de febrero de dos mil catorce (2014), contra el artículo 44 de la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los municipios.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Fusión de expedientes: facultad discrecional de los tribunales (TC/0089/13). Legitimidad activa: configuración (TC/0345/19). Personas físicas: su interés legítimo y jurídicamente protegido está solamente condicionado a que disfruten de los derechos de ciudadanía. Persona moral: deberá demostrar su interés legítimo y jurídicamente protegido (TC/0375/19). Presunción de inocencia: validez y naturaleza (TC/0075/17). Presunción de inocencia: garantía del derecho al debido proceso (TC/0051/14). Norma cuestionada: contenido. Norma cuestionada: persigue garantizar la presunción de inocencia de los funcionarios municipales electos (art. 44 ley 176-07). Acción directa de inconstitucionalidad: decisión anterior (TC/0391/15). Acción directa de inconstitucionalidad: rechaza. Voto particular: Acosta de los Santos, Gómez Ramírez, y Jiménez Martínez.

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11/12/2019
tc-0554-19-tc-01-2013-0079_tc-01-2014-0007_nueva-version.pdf
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