Detalle sentencia TC/0522/18

Compartir:
Publicación: Miércoles 05 de Diciembre , 2018 / 11:47 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0143

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Ángela Lissette Duvergé Arias, contra la Sentencia núm. 030-02-2018-SSEN-00086, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de marzo de dos mil dieciocho (2018.)

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (Art. 185.4 Constitución; Art. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil (Art. 95 LOTCPC; TC/0071/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Plazo: punto de partida. Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Acción de amparo de cumplimiento: procedencia (Art. 107 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: debe estar precedida de una intimación, mediante la cual se le concede un plazo de quince (15) días a la entidad administrativa para que cumpla con su obligación (TC/0378/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Acción de amparo: procedencia para conocer el fondo (TC/0071/13). Ministerio de Energía y Minas: carece de competencia para conceder la licencia requerida (Art. 4 Ley 146-71). Poder ejecutivo: competente para el otorgamiento de licencia relativas la extracción de los componentes de la corteza terrestre llamados arena, grava, gravilla y piedra (Art. 2 Ley 123-71; Art. 198 Ley 64-00). Acción de amparo de cumplimiento: improcedente. Voto particular: magistrados Jiménez Martínez y Castellanos Khoury.

Mostrar PDF en otra pestaña
06/12/2018
tc-0522-18.pdf
431.76 KB