Detalle sentencia TC/0496/19

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Publicación: Jueves 14 de Noviembre , 2019 / 03:54 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0069

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Marino de Jesús Morel Toribio contra la Resolución núm. 281-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el cinco (5) de febrero de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el plazo para interponerlo es de treinta (30) días a partir de la notificación de la sentencia (Art 54.1 LOTCPC). Plazo: franco y calendario (TC/143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad: se satisfacen (art. 53.3 a, b y c LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Especial trascendencia o relevancia constitucional: noción de naturaleza abierta e indeterminada (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debida motivación: requisitos. Debida motivación: se encuentra satisfechos (TC/0007/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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14/11/2019
tc-0496-19-tc-04-2019-0069.pdf
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