Detalle sentencia TC/0471/19

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Publicación: Jueves 24 de Octubre , 2019 / 10:05 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0169

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Juan José Rojas Franco contra la Sentencia núm. 577-2016, dictada por el Tribunal Superior Electoral (TSE) el veintidós (22) de junio de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 277 de la Constitución; arts. 9 y 53 LOTCPC). Las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad a la Constitución del veintiséis (26) de enero de dos mil diez (2010), son susceptibles de ser recurridas mediante el recurso de revisión jurisdiccional ante el Tribunal Constitucional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Requisitos de admisibilidad. Plazos: 30 días partir de la notificación de la sentencia (art. 54 LOTCPC). Plazos: franco y calendario: (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Falta de objeto e interés jurídico. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos y Beard Marcos.

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25/10/2019
tc-0471-19.pdf
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