Detalle sentencia TC/0427/21

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Publicación: Miércoles 24 de Noviembre , 2021 / 05:27 P. M.

Referencia: TC-06-2020-0033

Expediente núm. TC-06- 2020-0033, relativo a la acción de amparo directo interpuesto por el señor Daniel Cornelio Reyes contra la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), con el fin de obtener la desafiliación del Sistema Dominicano de Pensiones y el retiro anticipado de los fondos acumulados. 

Sumario

Acción de amparo. Competencia: presupuesto procesal que debe conocerse antes del fondo (TC/0089/18). Competencia: excepción de procedimiento, no medio de inadmisibilidad (arts. 1 y 2 ley 834). Acción de amparo: juez competente (art. 72 LOTC PC). Jurisdicciones especializadas: su competencia para conocer acciones de amparo no es extensible al tribunal constitucional (art. 74 LOTCPC; TC/00 12/13). Tribunal constitucional: no es competente para conocer acciones de amparo (TC/0089/18). Juez de amparo: obligación de identificar al tribunal competente (art. 72.3 LOTCPC). Tribunal superior administrativo: competente para resolver la cuestión planteada (art. 75 LOTCPC). Acción de amparo: incompetente. Voto particular: Vázquez Samuel.

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24/11/2021
tc-0427-21-tc-06-2020-0033.pdf
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