Detalle sentencia TC/0389/18

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Publicación: Jueves 11 de Octubre , 2018 / 02:11 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2017-0277

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora Ysabel Suriel Taveras contra la Sentencia núm. 00452-2017, dictada por el Tribunal de Jurisdicción Original de Monseñor Nouel el treinta y uno (31) de marzo de dos mil diecisiete (2017). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil (art. 95 LOTCPC). TC/0080/12 y TC/0071/13). Sentencias de amparo: son recurribles en revisión y tercería (art. 94 LOTPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC); TC/0007/12). Litis sobre partición de bienes: proceso abierto ante la jurisdicción civil. Inscripción de venta: titularidad del derecho de propiedad. Jurisdicción Civil: es la competente para dirimir los conflictos vinculados con el conflicto vigente (art. 822 CC). Acción de amparo: causales de inadmisibilidad (art. 70 LOTCPC). Notoria improcedencia: asuntos de legalidad ordinaria (TC/0361/14). Notoria improcedencia: causal de inadmisibilidad de la acción de amparo (Art. 70. 3 LOTCPC). Derecho a ser juzgado por el juez competente: finalidad y alcance (TC0206/14 y TC/0361/14). Notoria improcedencia: proceso encausado ante la autoridad competente (TC/0330/16). Acción de amparo: configuración (TC/0187/13 y TC/0099/14.) Notoria improcedencia: proceso civil en curso (TC/0084/12, TC/0280/14). Juez de amparo: no garantizó el derecho al debido proceso (art. 69 Constitución). Concubinato: derechos (art. 55.5 Constitución). Acción de amparo: notoriamente improcedente. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de ampere: inadmite. Voto particular: Jiménez Martínez.

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11/10/2018
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