Detalle sentencia TC/0333/19

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Publicación: Miércoles 21 de Agosto , 2019 / 10:27 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0191

Relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Manuel Rodríguez contra: 1) la Sentencia núm. 00242/2013, dictada el dieciocho (18) de marzo de dos mil trece (2013) por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del DistritoJudicial de Valverde; 2) la Sentencia núm. 00190/2015, dictada el veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015) por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago y 3) la Sentencia núm. 1143, dictada el veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 constituciones; (art. 53 LOTCPC). Tribunal constitucional: solo puede examinar la última sentencia emitida en la vía jurisdiccional (TC/0121/13). Agotamiento de los recursos: requisito de admisibilidad (art. 53. 3 literal b LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfacción de los requisitos de admisibilidad art. 277 constitución; (art. 53. 3 LOTCPC; TC/0123/18, TC/0007/12). Descargo puro y simple: figura jurisprudencial (TC/0215/15). Suprema corte de justicia: se limitó a confirmar la sentencia de la corte de apelación tras verificar el cumplimiento de las condiciones legales. Derechos fundamentales: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite y rechaza. Voto particular: Castellanos Pizano, y Vasquez Samuel.

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22/08/2019
tc-0333-19.pdf
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