Detalle sentencia TC/0319/20

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Publicación: Martes 22 de Diciembre , 2020 / 03:02 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0198

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ana Belkys Martínez, contra la Sentencia núm. 1523-2019-SSEN-00026, dictada por la Tercera sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo el dieciocho (18) de junio de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: Competencia (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: Criterio de admisibilidad (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; noción abierta e indeterminada TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Contra sentencias firmes las cuales no es posible interponer ningún otro recurso ordinario o extraordinario. Tribunal Constitucional no tiene competencia para revisar los hechos de la causa. Plazo no mayor de treinta (30) días, a partir de la notificación de la decisión jurisdiccional recurrida ; art. 54.1LOTCPC). Plazo franco y calendario (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Test de la debida motivación: Requerimientos para su cabal cumplimiento (TC/0009/13). Debida motivación: Sentencia recurrida respondió a cada uno de los medios invocados por la parte recurrente expresa cómo y por qué ponderó las pruebas, los hechos y las disposiciones legales aplicadas. No se configura violación de derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury Castellanos Pizano y Beard Marcos.

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22/12/2020
tc-0319-20-tc-04-2019-0198.pdf
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