Detalle sentencia TC/0301/19

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Publicación: Jueves 08 de Agosto , 2019 / 07:28 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0049

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales del Departamento Judicial de La Vega contra la Sentencia núm. 212-2018-SSEN00119, dictada por la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el veinticuatro (24) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: revoca. Ministerio Público: funcionario competente, en primer término, para presentar la solicitud de la devolución de los bienes incautados (art. 190 CPP). Juez de la instrucción: cuenta con los mecanismos y los medios más adecuados para determinar la procedencia o improcedencia de la entrega o devolución de bien mueble que han sido incautados (art. 190 y 73 CPP). Otra vía: la vía idónea para conocer del caso en cuestión lo es el juez de la instrucción o el tribunal que esté apoderado del proceso penal (art. 70.1 LOTCPC); (TC/0041/12; TC/0084/14; TC/0058/14; TC/0059/14; TC/0608/15 y TC/0334/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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08/08/2019
tc-0301-19.pdf
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