Detalle sentencia TC/0290/19

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Publicación: Jueves 08 de Agosto , 2019 / 07:16 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0468

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoados el cuatro (4) de mayo de dos mil dieciséis (2016) por la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, representada por el licenciado Denny F. Silvestre Zorrilla, contra la Sentencia núm. 047-2016- SSEN-00079, dictada el doce (12) de abril de dos mil dieciséis (2016) por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Sentencias de amparo: recurribles en revisión o tercería (art. 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: rechazado confirmando la extinción del proceso penal (TC/0540/17). Acción de amparo: finalidad (art. 72 Constitución). Otra vía: causal de inadmisibilidad de la acción de amparo (art. 70.1 LOTCPC). Juez de la instrucción: facultado para la devolución de bienes incautados (art. 73 CPP; art 190 y 292 CPP; TC/0058/14; TC/0608/15). Juez de la instrucción: la competencia desaparece mientras no exista, o cuando deje de existir, un proceso penal abierto en contra de la parte perjudicada cuya devolución pretende. Revisión constitucional de sentencia de amparo: rechaza y confirma. Demanda en suspensión: falta de objeto. Voto particular: magistrada Beard Marcos.

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08/08/2019
tc-0290-19.pdf
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