Detalle sentencia TC/0273/18

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Publicación: Jueves 23 de Agosto , 2018 / 04:26 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0071

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Nicolás de Jesús Torres Núñez contra la Resolución núm. 0612018-SSOL-00026, dictada por el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional el veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Competencia (Art. 185.4 Constitución, Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Amparo de cumplimiento: responde a un orden procesal distinto a la acción de amparo ordinaria de carácter general y, por ende, no le aplica el régimen de admisibilidad previsto en el artículo 70 de la Ley 137-11, sino el régimen de procedencia de los artículos 104 y Sgtes. Amparo ordinario: carácter general. Amparo de cumplimiento: carácter especial. Amparo de cumplimiento: requisitos de admisibilidad (Art. 107 LOTCPC). Amparo ordinario: requisitos de admisibilidad (Art. 70 LOTCPC). Amparo de cumplimiento: Plazo (Art. 107 LOTCPC). Acción de amparo: avocación. Acción de amparo: después de tomar conocimiento del acto administrativo que alegadamente afecta sus derechos, debe presentar sus reclamos en plazo no mayor de los sesenta (60) días (TC/0682/16). Acción de amparo: inadmisible por extemporánea (Art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: inadmisible. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular magistrados Acosta de los Santos y Vásquez Sámuel.

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23/08/2018
tc-0273-18.pdf
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