Detalle sentencia TC/0268/22

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Publicación: Martes 13 de Septiembre , 2022 / 03:48 P. M.

Referencia: TC-04-2021-0114

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Ernesto Enrique Guidi Vega y Luis Abreu Cordero contra la Sentencia núm. 2101-2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de diciembre de dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54.4.7 LOTCPC; TC/0038/12). Plazo: treinta (30) días francos y calendarios (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Suprema Corte de Justicia: atribuciones como corte de casación. Procesos de arbitraje: naturaleza (TC/0425/20). Principio de autonomía de la voluntad: alcance. Arbitraje: noción, carácter extraordinario y limitado. Laudos arbitrales: solo podrán ser impugnados mediante una acción en nulidad. Arbitraje: objeto y finalidad (TC/0506/18). Test de la debida motivación: parámetros (TC/0009/13). Debida motivación: se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel y Castellanos Pizano.

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13/09/2022
tc-0268-22-tc-04-2021-0114.pdf
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