Detalle sentencia TC/0242/21

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Publicación: Lunes 30 de Agosto , 2021 / 08:17 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2020-0068

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Miguel Antonio Coronado Peña contra la Resolución penal núm. 530-2020- ESOT-000156, dictada por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo el veinte (20) de mayo de dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTPC; TC/0007/12). Juez de ejecución de la pena: controla el cumplimiento de la sentencia condenatoria (art. 437 CPP). Acción de amparo: notoriamente improcedente (art. 70.3 LOTCPC; TC/0147/13; TC/0003/16; TC/0419/17 y TC/0295/18). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: improcedente. Voto particular: magistrado Bonnelly Vega.

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31/08/2021
tc-0242-21-tc-05-2020-0068.pdf
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