Detalle sentencia TC/0221/22

Compartir:
Publicación: Martes 02 de Agosto , 2022 / 01:41 P. M.

Referencia: TC-05-2021-0151

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la procuradora fiscal titular del Distrito Judicial de Duarte, Lcda. Smaily Yamel Rodríguez contra la Sentencia núm. 136-2020-SSEN-00003 dictada por la Cámara Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte del veintisiete (27) de enero del año dos mil veintiuno (2021). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribuna Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; art. 9, 94 LOTCPC). Sentencias de amparo: solo pueden ser recurridas en revisión y tercería. Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96, 97, 98 y 100 LOTCPC TC/0080/12; TC/0071/13). Juez de amparo: competencia de atribución (art. 70.3 LOTCP). Notoria improcedencia: fundamento legal (art. 70.3 LOTCPC). Notoria improcedencia: criterios jurisprudenciales. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrado Gil.

Mostrar PDF en otra pestaña
03/08/2022
tc-0221-22-tc-05-2021-0151.pdf
273.07 KB