Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Ángel Francisco Avíncola Saba contra la, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecinueve (19) de octubre de dos mil membrillo (2015).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo (Art. 95 LOTCPC). Plazo: 5 días contados a partir de la notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC). Plazo: hábil y franco (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: extemporáneo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible.