Detalle sentencia TC/0203/18

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Publicación: Jueves 19 de Julio , 2018 / 06:39 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2014-0031

Relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el Instituto de Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas en Retiro (IGAFAR) contra la Sentencia núm. 01586-2013, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el treinta (30) de octubre de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: Avocación: principio de economía procesal (TC/0071/13). Acción de amparo: plazo (60 días); (Art. 70.2 LOTCPC).  Acción de amparo: interpuesta vencido el plazo de los sesenta (60) días (Art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: cuando el plazo de los sesenta (60) días establecido por la Ley 137-11 se encontraba ampliamente vencido, constituye una causa de inadmisibilidad. Acción de amparo: inadmisible por extemporánea. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: Jiménez Martínez.

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19/07/2018
tc-0203-18.pdf
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