Detalle sentencia TC/0171/22

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Publicación: Lunes 27 de Junio , 2022 / 03:18 P. M.

Referencia: TC-05-2021-0171

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor Luis Rafael Audber Cáceres Ureña contra la Sentencia núm. 0030-03-2020- SSEN-0291 dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo del dos (2) de noviembre del año dos mil veinte (2020). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de junio del año dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Juez de amparo: incurrió en un error in iudicando. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para decidir el fondo del asunto (TC/0071/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Acción de amparo de cumplimento: procedencia (arts. 104-107 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimento: objeto (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimento: legitimación activa (art. 105 LOTCPC). Readecuación de pensión: mediante el Oficio núm. 1584 (TC/0191/21). Legitimación activa: no se configura (art. 105 LOTCPC). Oficio núm. 1584: el accionante no tiene legitimidad para exigir la aplicación del oficio (TC/0586/17; TC/0191/21; TC/0568/17). Acción de amparo de cumplimento: no se satisfacen los requisitos de admisibilidad (TC/0439/19). Acción de amparo de cumplimento: improcedente. Voto particular: Vásquez Sámuel.

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27/06/2022
tc-0171-22-tc-05-2021-0171.pdf
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